"El principio de calidad consiste en la búsqueda constante y sistemática de la excelencia, la pertinencia, producción óptima, transmisión del conocimiento y desarrollo del pensamiento mediante la autocrítica, la crítica externa y el mejoramiento permanente" (Art. 93 LOES);para la cual se establece como herramienta la evaluación de la calidad. "La Evaluación de la Calidad es el proceso para determinar las condiciones de la institución, carrera o programa académico, mediante la recopilación sistemática de datos cuantitativos y cualitativos que permitan emitir un juicio o diagnóstico, analizando sus componentes, funciones, procesos, a fin de que sus resultados sirvan para reformar y mejorar el programa de estudios, carrera o institución. La Evaluación de la Calidad es un proceso permanente y supone un seguimiento continuo." (Art. 94 LOES)
Art. 95.- Acreditación.- La Acreditación es una validación
de vigencia quinquenal realizada por el Consejo de
Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de
la Educación Superior, para certificar la calidad de las
instituciones de educación superior, de una carrera o
programa educativo, sobre la base de una evaluación previa.
La Acreditación es el producto de una evaluación rigurosa
sobre el cumplimiento de lineamientos, estándares y
criterios de calidad de nivel internacional, a las carreras,
programas, postgrados e instituciones, obligatoria e
independiente, que definirá el Consejo de Evaluación,
Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la
Educación Superior.
El procedimiento incluye una autoevaluación de la propia
institución, así como una evaluación externa realizada por
un equipo de pares expertos, quienes a su vez deben ser
acreditados periódicamente.
El Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento
de la Calidad de la Educación Superior es el organismo
responsable del aseguramiento de la calidad de la
Educación Superior, sus decisiones en esta materia obligan
a todos los Organismos e instituciones que integran el
Sistema de Educación Superior del Ecuador.
Art. 96.- Aseguramiento de la calidad.- El Aseguramiento
de la Calidad de la Educación Superior, está constituido por
el conjunto de acciones que llevan a cabo las instituciones
vinculadas con este sector, con el fin de garantizar la
eficiente y eficaz gestión, aplicables a las carreras, programas académicos, a las instituciones de educación
superior y también a los consejos u organismos evaluadores
y acreditadores.
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